Pago al Impuesto por Otorgar el Uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles

Este trámite consiste en el pago del impuesto estatal que se genera al obtener ingresos por el arrendamiento de bienes inmuebles que se encuentren ubicados dentro del territorio del Estado de Durango.

¿Para qué sirve?

Permite cumplir con el pago de las contribuciones establecidas en la Ley de Hacienda del Estado de Durango.

¿Qué necesitas?

  • Estar inscrito en el Padrón de Contribuyentes del Estado

Proceso:

  1. Acudir a las oficinas de Recaudación de Rentas de los municipios o en los centros multipago.
  2. Presentar la declaración.
  3. Realizar el pago cuando presenta la declaración.

Aclaraciones:

  • La tasa aplicable para este impuesto es del 3% sobre los ingresos mensuales.
  • Las personas que tengan ingresos menores a $15,000.00 están exentos de esta obligación.
  • La base del impuesto será el total de ingresos recibidos por esta actividad, menos las deducciones que correspondan.
  • Las declaraciones deben ser divulgadas a más tardar el día 17 del mes subsiguiente al período que se declara.

Marco jurídico:

Artículo 44 OCTIES AL 44 OCTIES 4 de la Ley de Hacienda Del estado de Durango.

¿Quiénes pueden solicitar el trámite?

Personas Físicas que estén inscritos al Padrón Estatal de Contribuyentes.

Costo del trámite:

No Aplica

Tipo de trámite:

Declaración

Plazo de resolución:

No Aplica

Vigencia:

No Aplica